La Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el Undécimo Circuito resolvió a favor de Aeroméxico y Delta Air Lines y dejó sin efecto la orden mediante la cual el Departamento de Transporte de Estados Unidos (DOT) había determinado terminar el Acuerdo de Colaboración Conjunta (Joint Cooperation Agreement, JCA) entre ambas aerolíneas y retirar su inmunidad antimonopolio.
Aeroméxico informó este jueves que, como resultado de la decisión judicial, tanto el acuerdo de colaboración como su inmunidad antimonopolio permanecen vigentes, permitiendo que las dos compañías continúen coordinando determinadas actividades comerciales y ofreciendo su red conjunta entre México y Estados Unidos.
La resolución corresponde al caso 25-13546, Delta Air Lines Inc. y Aerovías de México contra el Departamento de Transporte de Estados Unidos. El tribunal determinó que la orden final emitida por el DOT en septiembre de 2025 fue “arbitraria y caprichosa” bajo los criterios de la legislación administrativa estadounidense y decidió anularla.
Corte cuestiona análisis utilizado por el DOT
En su opinión publicada este 20 de agosto, la Corte identificó dos problemas principales en el procedimiento seguido por el Departamento de Transporte.
El primero fue que el DOT basó gran parte de su decisión en las condiciones existentes en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), particularmente en la asignación de slots, las reducciones de capacidad y el traslado de las operaciones exclusivamente cargueras fuera del aeropuerto. Sin embargo, el tribunal señaló que el Departamento no explicó adecuadamente por qué utilizó un análisis considerablemente más limitado que el empleado históricamente para evaluar este tipo de alianzas.
Cuando el DOT autorizó originalmente la alianza en 2016, analizó tanto el mercado completo entre México y Estados Unidos como 1,687 pares de ciudades para determinar los efectos sobre la competencia. En contraste, para retirar la autorización en 2025, el organismo centró su evaluación fundamentalmente en las condiciones del AICM sin actualizar ese análisis más amplio. La Corte destacó además que el tráfico relacionado con el aeropuerto capitalino representaba aproximadamente 21% de los vuelos entre ambos países.

El segundo punto cuestionado fue la exigencia del DOT de considerar el cumplimiento efectivo de un acuerdo de Cielos Abiertos (Open Skies) como condición necesaria para mantener la inmunidad antimonopolio.
La Corte comparó el tratamiento otorgado a Aeroméxico y Delta con el de alianzas previamente aprobadas entre aerolíneas estadounidenses y japonesas que operaban en Tokio-Haneda, aeropuerto que entonces mantenía restricciones y excepciones respecto al acuerdo de Cielos Abiertos entre Estados Unidos y Japón. Para el tribunal, el DOT no explicó suficientemente por qué aplicó un criterio distinto en el caso mexicano.
La resolución no determina que las preocupaciones del DOT sobre las condiciones de competencia en el AICM sean necesariamente incorrectas. El fallo se concentra principalmente en que el organismo no justificó adecuadamente el cambio en su metodología ni el diferente tratamiento regulatorio aplicado al acuerdo Aeroméxico-Delta.
Una disputa regulatoria que comenzó en 2024
El DOT había concedido originalmente en diciembre de 2016 la aprobación y la inmunidad antimonopolio necesarias para que Aeroméxico y Delta desarrollaran su alianza, permitiéndoles coordinar aspectos como planeación de red, horarios, precios y ventas en el mercado transfronterizo. La autorización estuvo acompañada de diferentes condiciones destinadas a preservar la competencia, entre ellas la cesión de slots en Ciudad de México y Nueva York-JFK.
A partir de 2024, el Departamento comenzó a cuestionar la continuidad del acuerdo argumentando que diversas decisiones adoptadas por el gobierno mexicano habían alterado las condiciones competitivas contempladas en el acuerdo bilateral de transporte aéreo entre ambos países.
Entre ellas mencionó la reducción de operaciones permitidas en el AICM, modificaciones en la disponibilidad de slots y la obligación impuesta en 2023 para que las aerolíneas exclusivamente cargueras trasladaran sus operaciones fuera del aeropuerto capitalino.

Finalmente, el 15 de septiembre de 2025, el DOT ordenó retirar la inmunidad antimonopolio y terminar la aprobación del JCA, estableciendo inicialmente el 1 de enero de 2026 como fecha límite para desmantelar las actividades que requerían dicha protección, entre ellas la fijación conjunta de precios, administración coordinada de capacidad y reparto de ingresos.
Aeroméxico y Delta impugnaron la decisión y, en noviembre de 2025, consiguieron que la misma Corte de Apelaciones suspendiera temporalmente la entrada en vigor de la orden mientras se resolvía el proceso judicial.
Una de las principales alianzas del mercado México–Estados Unidos
El acuerdo constituye uno de los componentes más importantes de la estrategia internacional de Aeroméxico. En documentación presentada ante autoridades bursátiles estadounidenses, la compañía señaló que durante 2024 ambas aerolíneas ofrecieron dentro del JCA aproximadamente 85 vuelos diarios entre México y Estados Unidos en alrededor de 81 rutas.
La alianza permite que ambas compañías coordinen redes y horarios y funcione bajo un esquema denominado “metal neutral”, mediante el cual los socios comparten ingresos independientemente de cuál de las dos aerolíneas opere físicamente determinado vuelo.

Con la decisión de este jueves, la orden del DOT de septiembre de 2025 queda anulada y el Acuerdo de Colaboración Conjunta y su inmunidad antimonopolio continúan vigentes.
Aeroméxico señaló que se encuentra revisando la opinión completa de la Corte, así como los posibles siguientes pasos junto con Delta y sus asesores legales.
