A partir de abril próximo, más de siete mil 400 ex trabajadores de Compañía Mexicana de Aviación, Mexicana Inter y Mexicana Click (Aerovías del Caribe), recibirán un pago proporcional de la tercera dispersión de recursos económicos aprobados por 109 millones 323 mil 404 pesos.

Lo anterior, luego de que el titular del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Civil del primer Circuito, juez Horacio Nicolás Ruiz Palma, emitió la convocatoria para dicha acto, cuyo capital se obtuvieron con motivo de la concentración y venta de los bienes del activo restringido y sin restricción que componían la masa concursal de las empresas mencionadas.
Precisó que la cantidad a dispersar representa el 26.25% por ciento, de la obligación de la comerciante respecto del total de los créditos laborales.
“No constituye una liquidación de tipo laboral, ni la renuncia a sus derechos como empleados de «Mexicana» ante las autoridades del traba¡o, ya que la materia de este procedimiento concursal es de una naturaleza jurídica distinta”, puntualizó.

En este sentido, será por medio de trasferencias bancarias, a través de las cuales, los acreedores laborales recibirán su pago, siempre y cuando hayan proporcionado su clabe interbancaria y quienes se encuentren dentro de la base de datos.
En el caso de Mexicana de Aviación serán seis mil 486 acreedores, mientras que para las filiales, Aerovías Caribe son 669 y 308 para Mexicana Inter, quienes recibirán su pago.
Para la primera empresa, se destinaron para la tercera dispersión 101 millones 500 mil pesos; mientras que para Mexicana Inter se destinó tres millones 488 mil 764 pesos; en tanto para Aerovías Caribe cuatro millones 334 mil 640.40 pesos.
El juez, detalló que los trabajadores que no designaron clabe interbancaria o no comparecieron en la primera y segunda fase de pago de este concurso mercantil, se les pagará mediante un folio confidencial personalizado, para cuya obtención y cobro deberán asistir al Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México.
Cabe recordar que el pasado 6 de abril de 2017, el mismo juzgado emitió la convocatoria relativa a la primera dispersión, mientras que el 18 de junio de 2018, realizó la segunda dispersión.
