La Cámara de Diputados aprobó el 13 de octubre una reforma a la Ley Federal de Derechos que contempla un incremento de 10% en las cuotas por el uso, goce o aprovechamiento del espacio aéreo mexicano a partir de 2027, una medida que representaría mayores costos para las aerolíneas nacionales y extranjeras que operan en el país.
El dictamen, aprobado con 339 votos a favor durante su discusión en lo particular, forma parte del Paquete Económico 2027 y fue remitido al Senado de la República para continuar su proceso legislativo. Por lo tanto, el incremento aún no constituye una disposición definitiva y deberá completar el procedimiento correspondiente antes de entrar en vigor.
La modificación contempla una actualización de las cuotas establecidas en el artículo 289 de la Ley Federal de Derechos, aplicables a personas físicas y morales que realizan actividades aeronáuticas locales, nacionales o internacionales dentro del espacio aéreo mexicano.
¿En qué consiste el incremento?
El derecho por uso del espacio aéreo mexicano es una obligación establecida en la legislación federal, distinta de la Tarifa de Uso de Aeropuerto (TUA) que se cobra a los pasajeros por la utilización de instalaciones aeroportuarias.
Su determinación considera las características de la operación y de las aeronaves, así como los parámetros establecidos en la Ley Federal de Derechos. El esquema comprende distintas cuotas, por lo que el monto pagado no es uniforme para todos los vuelos.

La actualización propuesta responde, de acuerdo con la justificación presentada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), al incremento en los costos de operación, mantenimiento y modernización de la infraestructura de navegación aérea. La dependencia también señala que las cuotas mexicanas se encuentran por debajo del promedio registrado en otros países de América Latina.
En este contexto, Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (SENEAM), organismo encargado de proporcionar los servicios de navegación aérea, mantiene publicados los derechos aplicables durante 2026, que servirían como referencia para determinar las nuevas cuotas del siguiente ejercicio fiscal.
Mayores costos operativos para las aerolíneas
La aprobación definitiva de esta medida supondría una presión adicional sobre la estructura de costos de las compañías aéreas, particularmente aquellas que mantienen una elevada frecuencia de operaciones dentro del territorio nacional.
Empresas como Aeroméxico, Volaris y Viva, así como Mexicana y otros operadores regionales, estarían sujetas al ajuste en sus operaciones comprendidas por la legislación. Las aerolíneas extranjeras que utilizan el espacio aéreo mexicano también podrían verse afectadas, de acuerdo con las condiciones aplicables a cada operación.
Para las compañías con cientos de vuelos diarios, incluso un incremento relativamente moderado en un concepto operativo puede adquirir relevancia al acumularse durante todo un ejercicio fiscal.

El efecto económico dependerá del volumen de vuelos, las distancias recorridas, las características de las aeronaves y la proporción que actualmente representa este derecho dentro de los gastos de cada compañía.
Sin embargo, es importante distinguir que un aumento de 10% en las cuotas por uso del espacio aéreo no equivale a un incremento de la misma magnitud en el costo total de operación de una aerolínea. Su impacto sería proporcional al peso que este concepto tenga dentro de su estructura financiera.
¿Podría aumentar el precio de los boletos?
Uno de los posibles efectos del ajuste sería su eventual traslado, parcial o total, a las tarifas que pagan los pasajeros. No obstante, esta consecuencia no sería automática y dependería de las decisiones comerciales de cada aerolínea y de las condiciones de competencia del mercado.
Las compañías aéreas determinan sus precios considerando múltiples variables, entre ellas la demanda, el costo del combustible, la disponibilidad de aeronaves, los gastos aeroportuarios, las fluctuaciones cambiarias y la competencia en cada ruta.
En aquellas operaciones con márgenes reducidos, los nuevos costos podrían limitar la capacidad de ofrecer tarifas más bajas o incrementar la necesidad de optimizar frecuencias y capacidad. En otros mercados, la competencia podría dificultar que las aerolíneas trasladen el incremento directamente a los consumidores, obligándolas a absorber una parte mediante ajustes operativos.
Por ahora, no existen elementos suficientes para determinar cuánto podría aumentar el precio de un boleto como consecuencia exclusiva de esta modificación.
Un nuevo factor de presión para la industria aérea
El ajuste se plantea en un momento en el que la aviación comercial mexicana continúa enfrentando desafíos relacionados con los costos del combustible, el arrendamiento y mantenimiento de aeronaves, las restricciones en la disponibilidad de motores y las inversiones necesarias para sostener el crecimiento de las operaciones.
En el caso de las aerolíneas de bajo costo, cuyo modelo de negocio depende de mantener gastos operativos controlados y elevados niveles de utilización de sus aeronaves, cualquier incremento recurrente representa una variable adicional en la planeación financiera.
La medida también adquiere relevancia ante la posible integración empresarial entre Viva y Volaris, operación que continúa sujeta a la autorización de las autoridades correspondientes. Aunque la creación de un grupo común podría generar economías de escala, ambas compañías seguirían enfrentando obligaciones regulatorias y costos asociados con sus operaciones.

Para operadores más pequeños, el efecto dependerá de la capacidad para distribuir estos gastos entre su oferta de asientos, frecuencias y rutas. En determinados mercados regionales, donde la demanda y las posibilidades de incrementar tarifas pueden ser más limitadas, el ajuste podría representar una presión adicional sobre la rentabilidad.
No obstante, el alcance real de estas implicaciones requerirá conocer las cuotas definitivas y evaluar su participación dentro de los costos operativos de cada aerolínea.
La iniciativa todavía requiere aprobación del Senado
Durante la discusión legislativa, representantes de la mayoría parlamentaria defendieron la actualización de los derechos como un mecanismo para adecuar los cobros a los costos asociados con los servicios y bienes públicos administrados por el Estado.
En contraste, legisladores de oposición cuestionaron los incrementos contemplados en la reforma y advirtieron sobre sus posibles efectos económicos en distintos sectores.

Tras su aprobación en la Cámara de Diputados, el proyecto deberá ser revisado por el Senado y, en caso de completar el proceso legislativo, publicarse en el Diario Oficial de la Federación para su aplicación conforme a las disposiciones correspondientes.
Para la industria aérea mexicana, la discusión trasciende el incremento de una cuota específica. Su eventual entrada en vigor incorporaría un nuevo factor de presión sobre los costos operativos a partir de 2027, cuyos efectos sobre la rentabilidad, la conectividad y las tarifas dependerán tanto de las condiciones del mercado como de la capacidad de adaptación de cada operador.
